Cláusula adicional · Robo

Clausula de robo de accesorios

CAD 1 2013 1143

Depositado en la CMF por
ASOCIACION DE ASEGURADORES DE CHILE A.G.
Fecha de depósito
7 de noviembre de 2013
Artículos
2

Quién lo usa hoy

  • Reale

    • Robo de accesorios · plan: L Particular

Según cotizaciones y pólizas reales contrastadas por nuestro equipo. La póliza que manda es la tuya: revisa qué códigos cita en sus condiciones particulares.

# CLAUSULA DE ROBO DE ACCESORIOS

> **CAD120131143** · ASOCIACION DE ASEGURADORES DE CHILE A.G. · depositado 2013-11-07

--- CLAUSULA DE ROBO DE ACCESORIOS Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD120131143

ARTICULO 1°: COBERTURA

No obstante lo estipulado en el artículo 7°, letra b, N°4) de las Condiciones Generales, y en consideración al pago de la extraprima correspondiente, el presente adicional se extiende a cubrir el robo de accesorios o los daños a éstos durante la perpetración del hecho.

Para los efectos de esta cláusula adicional, la indemnización por la pérdida o daño de accesorios en ningún caso podrá exceder el límite indicado en las Condiciones Particulares de la póliza.

ARTICULO 2°: DEDUCIBLE

En caso de siniestro, se aplicará un deducible, de cargo exclusivo del asegurado, por el monto que se estipule en las Condiciones Particulares de la póliza para este efecto.

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Texto reproducido tal como fue depositado en la CMF, sin modificaciones. La entidad depositante es la razón social de ese momento y puede operar hoy con otro nombre. Ver todos los condicionados.