Clausula de daños materiales a consecuencia de riesgos de la naturaleza, adicional a poliza individual de seguros para v…
CAD 1 2013 0883
- Depositado en la CMF por
- RSA SEGUROS CHILE S.A.
- Fecha de depósito
- 29 de octubre de 2013
- Artículos
- 3
- Fuente
- Depósito de Pólizas, CMF
El nombre figura así, incompleto, en el registro del depósito.
Quién lo usa hoy
Sura
- Daños por la naturaleza, sismo o granizo · plan: Plan Full
Según cotizaciones y pólizas reales contrastadas por nuestro equipo. La póliza que manda es la tuya: revisa qué códigos cita en sus condiciones particulares.
# CLAUSULA DE DAÑOS MATERIALES A CONSECUENCIA DE RIESGOS DE LA NATURALEZA, ADICIONAL A POLIZA INDIVIDUAL DE SEGUROS PARA V
> **CAD120130883** · RSA SEGUROS CHILE S.A. · comercializado como **Sura** · depositado 2013-10-29
--- CLAUSULA DE DAÑOS MATERIALES A CONSECUENCIA DE RIESGOS DE LA NATURALEZA, ADICIONAL A POLIZA INDIVIDUAL DE SEGUROS PARA VEHICULOS MOTORIZADOS, INCORPORADA EN EL DEPÓSITO DE PÓLIZAS BAJO EL CÓDIGO POL 120130744 Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD120130883
ARTICULO 1°: COBERTURA
No obstante lo estipulado en el artículo 7°, letra b), N° 6) de las Condiciones, el presente adicional se extiende a cubrir los daños que tengan por origen o fueren una consecuencia de erupción volcánica, salida de mar de origen no sísmico, inundación, avalancha o deslizamiento de tierra, huracán, ciclón o cualquier otra convulsión de la naturaleza, a excepción de rayo; así como las pérdidas o daños que ocurran a causa de la situación anormal provocada por cualquiera de los hechos mencionados.
ARTICULO 2°: EXCLUSIONES
La presente cláusula adicional no cubre:
a) Los daños que directamente tengan por origen o fueran una consecuencia de granizo. b) Los daños que se produzcan o que ocurran como consecuencia de sismo; así como los daños que ocurran a causa de la situación anormal provocada por el mismo. c) Los daños causados por cualquier otra convulsión de la naturaleza no explicitada en la cobertura.
ARTICULO 3°: DEDUCIBLE
En caso de siniestro, se aplicará un deducible, de cargo exclusivo del asegurado, por el monto que se estipule en las Condiciones Particulares de la póliza para este efecto.
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Analizar mi pólizaTexto reproducido tal como fue depositado en la CMF, sin modificaciones. La entidad depositante es la razón social de ese momento y puede operar hoy con otro nombre. Ver todos los condicionados.