Cláusula adicional · Viaje al extranjero

Clausula adicional de daños al vehiculo durante viajes al extrajero

CAD 1 2013 0401

Depositado en la CMF por
CHILENA CONSOLIDADA SEGUROS GENERALES S.A.
Fecha de depósito
10 de octubre de 2013
Artículos
3

Quién lo usa hoy

  • FID

    • Daños materiales en viaje al extranjero (excluye robo y RC) · plan: Autónomo IA

Según cotizaciones y pólizas reales contrastadas por nuestro equipo. La póliza que manda es la tuya: revisa qué códigos cita en sus condiciones particulares.

# CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑOS AL VEHICULO DURANTE VIAJES AL EXTRAJERO

> **CAD120130401** · CHILENA CONSOLIDADA SEGUROS GENERALES S.A. · comercializado como **Zurich|FID** · depositado 2013-10-10

--- CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑOS AL VEHICULO DURANTE VIAJES AL EXTRAJERO Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD120130401

ARTICULO 1º: COBERTURA

No obstante lo estipulado en el número 2.9 del Artículo Tercero del Titulo Primero de las Condiciones Generales y en consideración al pago de la extraprima correspondiente, el presente adicional se extiende a cubrir los daños al vehículo asegurado que ocurran fuera del territorio de la República de Chile, respecto de las mismas coberturas contratadas.

ARTICULO 2º: EXCLUSIONES

a) el robo, hurto o uso no autorizado.

b) la responsabilidad civil

ARTICULO 3º: DEDUCIBLE

En caso de siniestro, se aplicará un deducible, de cargo exclusivo del asegurado, por el monto que se estipule en las Condiciones Particulares de la póliza para este efecto

¿Tu póliza cita este código?

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Texto reproducido tal como fue depositado en la CMF, sin modificaciones. La entidad depositante es la razón social de ese momento y puede operar hoy con otro nombre. Ver todos los condicionados.