Cláusula adicional · Riesgos de la naturaleza

Clausula adicional de daños materiales a consecuencia de sismo

CAD 1 2013 0400

Depositado en la CMF por
CHILENA CONSOLIDADA SEGUROS GENERALES S.A.
Fecha de depósito
10 de octubre de 2013
Artículos
2

Quién lo usa hoy

  • FID

    • Sismo · plan: todos

Según cotizaciones y pólizas reales contrastadas por nuestro equipo. La póliza que manda es la tuya: revisa qué códigos cita en sus condiciones particulares.

# CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑOS MATERIALES A CONSECUENCIA DE SISMO

> **CAD120130400** · CHILENA CONSOLIDADA SEGUROS GENERALES S.A. · comercializado como **Zurich|FID** · depositado 2013-10-10

--- CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑOS MATERIALES A CONSECUENCIA DE SISMO Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD120130400

ARTICULO 1º: COBERTURA

No obstante lo estipulado en el número 2.6 del Artículo Tercero del Título Primero de las Condiciones Generales y en consideración al pago de la extraprima correspondiente, el presente adicional se extiende a cubrir los daños que se produzcan o que ocurran como consecuencia de sismo y salida de mar de origen sísmico; así como los daños que ocurran a causa de la situación anormal provocada por el mismo.

ARTICULO 2º: DEDUCIBLE

En caso de siniestro, se aplicará un deducible, de cargo exclusivo del asegurado, por el monto que se estipule en las Condiciones Particulares de la póliza para este efecto.

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Texto reproducido tal como fue depositado en la CMF, sin modificaciones. La entidad depositante es la razón social de ese momento y puede operar hoy con otro nombre. Ver todos los condicionados.