Cláusula adicional · Daños por hechos de terceros

Clausula adicional de daños materiales a consecuencia de huelga y terrorismo

CAD 1 2013 0391

Depositado en la CMF por
CHILENA CONSOLIDADA SEGUROS GENERALES S.A.
Fecha de depósito
10 de octubre de 2013
Artículos
2

Quién lo usa hoy

  • FID

    • Huelga y terrorismo · plan: todos

Según cotizaciones y pólizas reales contrastadas por nuestro equipo. La póliza que manda es la tuya: revisa qué códigos cita en sus condiciones particulares.

# CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑOS MATERIALES A CONSECUENCIA DE HUELGA Y TERRORISMO

> **CAD120130391** · CHILENA CONSOLIDADA SEGUROS GENERALES S.A. · comercializado como **Zurich|FID** · depositado 2013-10-10

--- CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑOS MATERIALES A CONSECUENCIA DE HUELGA Y TERRORISMO Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD120130391

ARTICULO 1º: COBERTURA

No obstante lo estipulado en el número 1.10 del artículo tercero del título primero de las Condiciones Generales y en consideración al pago de la extraprima correspondiente, el presente adicional se extiende a cubrir los daños que directa o indirectamente tengan su origen o fueren consecuencia de huelga, cierre patronal (lock out), desórdenes públicos o de delitos contra el orden público o de terrorismo; así como las pérdidas o daños que ocurran a causa de la situación anormal provocada por cualquiera de los hechos mencionados.

ARTICULO 2º: DEDUCIBLE

En caso de siniestro, se aplicará un deducible, de cargo exclusivo del asegurado, por el monto que se estipule en las Condiciones Particulares de la póliza para este efecto.

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Texto reproducido tal como fue depositado en la CMF, sin modificaciones. La entidad depositante es la razón social de ese momento y puede operar hoy con otro nombre. Ver todos los condicionados.