Cláusula de daños materiales a consecuencia de sismo
CAD 1 2013 0340
- Depositado en la CMF por
- BCI SEGUROS GENERALES S.A.
- Fecha de depósito
- 9 de octubre de 2013
- Artículos
- 3
- Fuente
- Depósito de Pólizas, CMF
Quién lo usa hoy
BCI
- Sismo · plan: todos
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# CLÁUSULA DE DAÑOS MATERIALES A CONSECUENCIA DE SISMO
> **CAD120130340** · BCI SEGUROS GENERALES S.A. · depositado 2013-10-09
--- CLÁUSULA DE DAÑOS MATERIALES A CONSECUENCIA DE SISMO Incorporada al Depósito de Pólizas bajo el código CAD120130340
Artículo 1. Cobertura
No obstante lo estipulado en el artículo 5.2, Nº 7), de las Condiciones Generales y en consideración al pago de la extraprima correspondiente, el presente adicional se extiende a cubrir los daños que se produzcan o que ocurran como consecuencia de sismo y salida de mar de origen; así como los daños que ocurran a causa de la situación anormal provocada por el mismo.
Artículo 2: Deducible
En caso de siniestro, se aplicará un deducible, de cargo exclusivo del asegurado, por el monto que se estipule en las Condiciones Particulares de la póliza para este efecto.
Artículo 3: Límite de Indemnización
Todos los pagos que deba realizar el asegurador en virtud de las coberturas previstas en este adicional, no podrán sobrepasar el límite señalado en las Condiciones Particulares para esta cláusula adicional.
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Analizar mi pólizaTexto reproducido tal como fue depositado en la CMF, sin modificaciones. La entidad depositante es la razón social de ese momento y puede operar hoy con otro nombre. Ver todos los condicionados.