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Actualidad regulatoria

Declaración de salud para la licencia de conducir: el reglamento que llega en 2027

Publicado el 17 de agosto de 2026 · Actualizado el 17 de agosto de 2026

Desde la Ley Jacinta es obligatoria al renovar la licencia y omitir una condición es infracción grave. El reglamento con el listado llega en 2027.

Desde la Ley Jacinta, declarar tu estado de salud es obligatorio al obtener o renovar la licencia de conducir. Y omitir una condición es una infracción grave que puede terminar en la cancelación de la licencia.

Lo que todavía no existe es el detalle: cuáles son exactamente las enfermedades y condiciones que hay que declarar. Eso queda para un reglamento que el Ministerio de Transportes y el de Salud deben dictar dentro de doce meses desde febrero de 2026, es decir alrededor de febrero de 2027.

Qué establece la ley hoy

La Ley N° 21.797, publicada en el Diario Oficial el 7 de febrero de 2026, incorporó la declaración de salud como requisito en el trámite de licencia.

Dos puntos concretos:

  • Es obligatoria al obtener la licencia por primera vez y al renovarla.
  • Omitir condiciones de salud constituye una infracción grave, con la consecuencia de que puede cancelarse la licencia.

Lo que no está definido todavía es el listado. Y ese es justamente el dato que va a importar: qué se considera relevante declarar, qué condiciones requieren evaluación médica adicional y qué implica cada una para la habilitación de conducir.

Por qué esto aparece en un sitio de seguros

Porque toca directamente la pregunta más incómoda del ramo: si tu licencia está en regla o no cuando ocurre un siniestro.

En un seguro de auto, la licencia del conductor al momento del accidente es uno de los documentos que la compañía pide en el denuncio. Si una licencia se obtuvo o renovó omitiendo información que la ley obliga a declarar, aparece una discusión que hoy no tiene precedentes claros en Chile.

Todavía no hay forma de saber cómo se va a resolver eso en la práctica, y cualquiera que te diga lo contrario está adivinando. Lo que sí se puede decir con certeza es lo obvio: declarar completo es lo que deja tu licencia sin discusión posible.

Sobre el tema general de documentación y cobertura, está en ¿Te cubre el seguro si tienes el permiso de circulación o la revisión técnica vencida?.

Qué hacer mientras el reglamento no salga

Si vas a renovar la licencia: declara completo. Es lo que la ley exige y es la única posición sin riesgo.

Si tienes una condición de salud que puede afectar tu conducción: vale conversarlo con tu médico antes del trámite. Que exista una condición no significa automáticamente que no puedas conducir; muchas se manejan con tratamiento, con controles o con restricciones en la licencia.

Si renovaste antes de febrero de 2026: tu licencia se obtuvo bajo el régimen anterior. El requisito aplica al trámite, no retroactivamente.

Lo demás que cambió con la misma ley

La Ley Jacinta es mucho más conocida por lo que hizo con el SOAP: duplicó sus montos, llevando la indemnización por muerte de 300 a 600 UF y subiendo también los topes de invalidez y de gastos médicos, que ya existían, a hasta 600 UF. Está en Ley Jacinta 2026: todo lo que cambió en el SOAP.

También trajo reglas nuevas para pasajeros en moto: mínimo 12 años, prohibido ir entre el conductor y el manubrio, y pies apoyados en los pedales.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatoria la declaración de salud para la licencia de conducir? Sí, desde la Ley N° 21.797, publicada el 7 de febrero de 2026, al obtener o renovar la licencia.

¿Qué pasa si omito una condición de salud? Constituye una infracción grave y puede llevar a la cancelación de la licencia.

¿Qué enfermedades hay que declarar? El listado específico queda para un reglamento que el Ministerio de Transportes y el de Salud deben dictar dentro de doce meses desde febrero de 2026, es decir alrededor de febrero de 2027. Hasta que se publique, no hay listado oficial.

¿Me afecta si renové la licencia antes de febrero de 2026? El requisito aplica al trámite de obtención o renovación, no de forma retroactiva.

¿Tener una enfermedad me impide conducir? No necesariamente. Muchas condiciones se manejan con tratamiento, controles o restricciones en la licencia. El reglamento pendiente es el que definirá los criterios.


Fuentes

  • Ley N° 21.797, conocida como Ley Jacinta, publicada en el Diario Oficial el 7 de febrero de 2026.
  • CMF, depósito de las nuevas pólizas POL320260028 (SOAP) y POL320260029 (SOAPEX), comunicado del 9 de febrero de 2026, y modificación de las circulares N° 1459 y N° 2121.
  • Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, implementación progresiva de la Ley Jacinta.
  • Servicio de Impuestos Internos, valor de la UF al 17 de agosto de 2026: $40.855,33.

Información general. Este contenido es informativo y no constituye asesoría de seguros personalizada. La conveniencia de un producto depende de tu perfil y de tus necesidades. Cómo trabajamos está en Cómo comparamos.